Código de Conducta de UE
Código de Conducta de la UE sobre la complementariedad y división Laboral en la Política de Desarrollo

El Código de Conducta presenta los principios operativos para garantizar la complementariedad en materia de cooperación para el Desarrollo. Destaca la efectividad en el logro de mejores resultados de desarrollo y el impacto en la reducción de la pobreza, así como la reducción de costos de transacción, mediante la división del trabajo entre los donantes.


Principios Generales


- mejorar la complementariedad operativa a escala nacional e internacional,
- proponer un enfoque incluyente que esté abierto a todos los donantes,
- el Código es voluntario, flexible y destinado a regular las acciones de los donantes de la UE,
- el Código es un documento dinámico que establece los principios y objetivos que los donantes de la UE se esforzarán por alcanzar progresivamente,
- compromiso de los Estados Miembros y la Comisión Europea por incrementar su participación en los programas multianuales basados en estrategias de los países socios y usar el marco de trabajo adjunto de la UE gradual y voluntariamente como una herramienta pragmática para agilizar la división del trabajo,
- el país socio debe responsabilizarse por coordinar a los donantes. El liderazgo y la apropiación principales en la división del trabajo a escala nacional, descansa en el gobierno del país donante,
- no implementation of division of labour at the expense of global aid volumes or predictability of aid flows,
- es necesario que tanto en las sedes centrales como en el campo haya compromiso político más apoyo y motivación adecuados,
- evitar situaciones en las que todos los donantes de la UE estén ausentes del sector considerado estratégico para la reducción de la pobreza.


Directrices Generales


Directriz General 1 – Concentrar las actividades en un máximo de tres sectores nacionales
Directriz General 2 – Reorganizar las demás actividades en el país (sectores no prioritarios)
Directriz General 3 – Conducir un acuerdo de donante principal
Directriz General 4 – Fomentar acuerdos de Cooperación o Asociación Delegada (Adicional a un máximo de 3 sectores)
Directriz General 5 – Garantizar el apoyo adecuado del donante en sectores estratégicos
Directriz General 6 – Replicar prácticas de división del trabajo a escala regional
Directriz General 7 – Establecer un número limitado de países prioritarios por donante
Directriz General 8 – Dirigir financiación adecuada a países no cubiertos por la ayuda
Directriz General 9 – Analizar y ampliar los ámbitos de competencias
Directriz General 10 – Seguir profundizando en otros aspectos de la complementariedad
Directriz General 11 – Profundizar las reformas a los sistemas de ayuda


Definición de un sector de concentración: la apreciación de lo que constituye un sector, sea intuitiva o informada, debe realizarse de forma flexible al nivel del país socio y debe encajar con la definición que usa el país socio, habiendo identificado el sector como prioridad en su estrategia de reducción de la pobreza o su equivalente.


En casos limitados, en que el donante enfrente una reducción significante de los sectores que puede cubrir, este objetivo puede ser incrementado para asistir a más de tres sectores, teniendo muy en cuenta la visión del país socio, aspectos descuidados de particular importancia y un cronograma realista que soporte cualquier cambio en su programa de país.